Aprueban dictamen de reforma para la Protección Patrimonial de los Adultos Mayores
Con la intención de crear un usufructo vitalicio para el adulto mayor que realice un acto de donación hacia terceras personas, respecto del inmueble que ostente de su propiedad, los diputados Guillermo Vega Guerrero, Leticia Rubio Montes y Germaín Garfias Alcántara, integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, aprobaron el dictamen de la Iniciativa que reforma el Artículo 2230 del Código Civil del Estado, en materia de Protección Patrimonial de los Adultos Mayores.
El presidente de la comisión legislativa, Guillermo Vega, precisó que “la vulnerabilidad en la que se encuentra un número importante de personas mayores de 60 años es multifactorial, siendo una de estas, la vulnerabilidad jurídica respecto a la protección de su patrimonio, y en este sentido, es necesario revisar la normatividad, ya que en el acontecer jurisdiccional y privado se llevan a cabo varias acciones que ejercen fundamentalmente familiares para despojar de sus bienes a los adultos mayores sin que ellos reciban beneficios directos”.
Vega Guerrero indicó que, en este sentido, el derecho debe dinamizarse de acuerdo con los cambios que presenta la realidad social y traducirse en normas que atiendan esta transformación y esté en armonía en materia de derechos humanos de los adultos mayores, en este caso particular el derecho de propiedad y la protección del patrimonio.
“Al abordar la protección del patrimonio desde la perspectiva de los derechos humanos, es necesario modificar la norma para que los juzgadores tengan las herramientas necesarias para verificar minuciosamente cada asunto y así garantizar que este grupo poblacional se mantenga invulnerable o en su caso plenamente resarcidos ante una violación”, dio a conocer el diputado Guillermo Vega.
Por su parte, el diputado Armando Sinecio Leyva, autor de la iniciativa, consideró que “en atención de la salvaguarda de los derechos humanos de los grupos vulnerables, en este caso de las personas mayores, esta iniciativa tiene como propósito proteger el derecho humano y la certeza jurídica, que implica recibir un trato digno y apropiado por las autoridades en cualquier proceso jurídico en el que se ven involucrados su derecho a recibir atención preferente para la protección de su patrimonio y a recibir asesoría jurídica gratuita, tal como lo establece la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores”.
Dijo que, con esta iniciativa, se pretende adicionar un segundo párrafo al Artículo 2230 del Código Civil, para que en materia de donaciones de inmuebles en los que se trate del único bien patrimonial de una persona de 60 años o más se constituya en usufructo vitalicio, y en su caso no pueda ser desalojado por el donatario.
Asimismo, Sinecio Leyva informó que, para proteger otro tipo de intereses, dicho usufructo puede extinguirse a través de la renuncia del donante, siempre y cuando se haga ante una autoridad jurisdiccional.
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